Qué son las swaps
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Todo sobre las swaps
¿Eres un pequeño ahorrador y te han vendido un producto financiero cuyo control y funcionamiento no puedes gestionar? Los SWAPS o “Clips hipotecarios” son un instrumento financiero por el que dos partes, una de ellas normalmente una entidad financiera, acuerdan intercambiar activos o recursos económicos, una permuta financiera, con el objeto de evitar para el cliente las subidas de los tipos de interés de sus operaciones de pasivo, con lo que los costes financieros tienden a permanecer estables, siendo este contrato totalmente personalizado y adaptado a las necesidades de los firmantes. De la entidad financiera que coloque estos productos a pymes o pequeños ahorradores se espera que cumpla de manera estricta las garantías de información previas a la firma del contrato, ya que no son inversores habituales.
Qué hacer en caso de estar afectado
¿Qué puedo hacer si considero que el contrato de permuta financiera que me ha vendido mi entidad bancaria tiene vicios de consentimiento o de información? En este caso, además de las acciones que como particular puedas realizar por ti mismo, ante la entidad bancaria o ante Consumo, mediante reclamaciones que seguramente llevarán un curso administrativo lento y burocrático, lo mejor es que te asesores por un despacho de abogados especializado en reclamación de Swaps y en derecho bancario, con el objetivo prioritario de lograr la mejor solución para sus clientes, lo que significa ahorro y eliminación de situaciones problemáticas en el tiempo, con consecuencias negativas incluso para el entorno familiar y la salud en no pocas ocasiones.
Principales argumentos para las sentencias favorables
¿Ha concurrido alguna de estas situaciones cuando te han vendido un contrato de Swaps? Una de las principales causas de reclamación e incluso de solicitud de nulidad de estos contratos suscritos con la restitución de las pérdidas sufridas, es la falta o vicio de información, en lo relativo a productos de alto riesgo como estos, esencialmente en lo que se refiere a la subida de los tipos de interés y los gastos de cancelación. También ocurre que la entidad informa de unas previsiones al alza cuando la realidad era distinta, teniendo además acceso a una información privilegiada de la que no dispone el cliente. Otro de los vicios en los que se fundamentan las demandas es la falta de un estudio real de la situación financiera del cliente por lo que existe un gran desequilibrio en las prestaciones de la permuta. En definitiva, se trata de una situación derivada de una falta de información clara, veraz, transparente de estos productos y de un nulo o deficiente nivel de asesoramiento por parte del banco.
La normativa europea para proteger a los pequeños inversores
¿Qué es el MIFID? Es la normativa del Consejo y del Parlamento Europeo que contiene la Directiva 2004/39/CE de 21 de abril, sobre productos y mercados financieros, que se ajusta a la legislación española mediante la Ley 47/07, y el RD 217/08 por el que las entidades financieras están obligadas a documentar e informar suficientemente al cliente antes de firmar una operación de productos de alto riesgo como las Swaps, de sus características y riesgos y valorar la adecuación al perfil del inversor o cliente minorista, con un claro propósito de su defensa. Recursos basados en este marco legal europeo, en sentencias ya ganadas y la correspondiente jurisprudencia que originan, además de la dilatada experiencia como letrados especializados en derecho bancario y defensa de los consumidores hacen de Grupo Orden 21 el despacho de abogados que mejor puede defenderte si tienes un conflicto con tu banco por un contrato de Swaps en el que no te informaron de todos los términos y consecuencias de dicha operación.