Motivos por los que se solicitan entregas a cuenta

¿Por qué es preciso realizar entregas a cuenta en ciertas circunstancias?

En los casos de compras de viviendas sobre plano es preciso entregar una suma de dinero a modo de señal, para poder adquirir la propiedad y convertirse en dueño de la misma, hasta que llegue el momento de realizar el contrato de compraventa. En estos casos, los propietarios se comprometen a la entrega de cantidades de dinero de manera periódica, mientras dure el proceso de construcción de las viviendas.

Estas cantidades adelantadas resultarán deducidas del importe total del piso. Resulta conveniente informarse bien al respecto, para no sufrir desagradables sorpresas si la construcción de las viviendas no se terminase, si las llaves se entregaran más tarde de la fecha pactada, o si finalmente usted cambiara de opinión y decidiera no ser propietario de esa vivienda por la que ya realizó entregas económicas a cuenta.

entregas a cuenta compra vivienda¿Existe algún seguro en la compraventa de la vivienda y de cara a una necesidad de devolución del dinero entregado a cuenta?

Sí. Las cantidades que se entregan a cuenta han de garantizarse por parte de los promotores de la obra por medio de un seguro o de un aval. De este modo, en el supuesto de que la construcción no se terminara, la empresa deberá devolver esas cantidades incrementadas por norma general en un porcentaje, que suele suponer un 6% en concepto de penalización. Por ello, debe asegurarse a la hora de firmar el precontrato de que consta ese aval o seguro.

¿Existe algún documento que deba entregar el promotor?

Por supuesto. El promotor deberá entregarle la póliza individual del seguro o un documento acreditando y confirmando la existencia de ese aval, así como aportando información para que usted conozca datos importantes como el capital cubierto para la vivienda que adquiere, qué duración tiene la póliza etc.

Como adelantábamos, de este modo si la vivienda no se terminara de construir finalmente, o si la entrega de llaves no se llevara a cabo en el periodo acordado, se podrán reclamar y solicitar la devolución de las cantidades ya entregadas al promotor.

¿Cómo podemos asegurarnos de que se hace esa petición de modo correcta?

Todo tipo de solicitudes y reclamaciones deben realizarse dejando una clara constancia de ellas. Por ello se aconseja enviar un telegrama con acuse de recibo, un burofax o un requerimiento notarial. Si el promotor no contestara a la petición, debería entonces dirigirse a la compañía aseguradora con la finalidad de solicitar la devolución del capital entregado a cuenta cuando compró la vivienda.

¿Qué no debemos pasar por alto a la hora de firmar el contrato?

Como siempre, antes de proceder a la firma de cualquier tipo de contrato, resulta de suma importancia revisarlo con todo detalle, incluida la letra pequeña, y consultar las dudas con un experto si fuera necesario. Debe comprobarse que no existen cláusulas abusivas y guardar todos los documentos sobre la construcción de la vivienda, así como los folletos publicitarios que facilitó la constructora en su momento, de cara a poder mostrarlos como prueba si se produjera un conflicto judicial. Siempre se recomienda incluir en el contrato una penalización al promotor en el caso de que no finalizase la construcción de las viviendas, o no las entregaras en el plazo acordado.

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