Información sobre cómo reclamar una entrega a cuenta
Contenido
Reclama tus entregas a cuenta con nuestra ayuda
Cuando se realiza la compra de una vivienda, no siempre se realiza su entrega dentro del tiempo previsto, y en ocasiones se puede dar el caso de que el comprador pueda perder la propiedad que ha adquirido y el dinero que ha sido entregado a cuenta por la falta de solvencia por parte del promotor o por el hecho de que la entidad bancaria no estableció las garantías mínimas que se encuentran contempladas en la Ley.
Sin embargo, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, se determina que las entidades bancarias estarán obligadas a responder por las cantidades de dinero que han sido entregadas a cuenta de acuerdo al caso que hemos contado anteriormente.
Casos en los que se puede realizar la reclamación de entrega a cuenta
El comprador podrá reclamar las cantidades de dinero entregado a cuenta en los siguientes casos:
- Cuando se trate de viviendas libres. En otras palabras, cuando la vivienda no sea de Protección Oficial.
- Cuando se trate de una cooperativa de vivienda.
- En los casos en la que la compra de la vivienda se realizó antes del 1 de enero de 2016
En cualquiera de los casos anteriores, el comprador tendrá que acreditar que la entrega a cuenta se efectuó en dentro del periodo de antes o durante la ejecución de las obras de construcción, y que posteriormente, el plazo de la entrega de la vivienda no se cumplió. Todo esto debe hacerse mediante los justificantes de ingreso.
Plazo para realizar la reclamación de la entrega a cuenta
Puedes llevar a cabo la reclamación de las cantidades de dinero entregado a cuenta dentro de un plazo de 15 años desde el momento en él se ha tenido conocimiento del incumplimiento del plazo de entrega de la vivienda.
De acuerdo con lo contemplado en la reforma del Código Civil de 2015, este plazo de prescripción ha sido reducido a 5 años. Es decir que en los casos en los que no se hayan cumplido todavía los 15 años antes de esa fecha, tendrás como plazo límite el 6 de octubre de 2020 para poder realizar la reclamación de la entrega a cuentas. La recomendación es asegurarse lo más pronto posible cuál es el periodo de tiempo que dispones para poder realizar la reclamación.
Cómo hacer la reclamación
Cada caso es particular y por ello debe ser analizado para poder saber contra quién hacer la reclamación o quien deberá hacer frente de la entrega a cuenta. Por lo general, la reclamación de entregas a cuenta se hace la empresa promotora y la entidad bancaria donde fue ingresada la cantidad de dinero.
Sin embargo, en el caso de que el importe entregado haya sido asegurado o se haya constituido un aval, dicho contrato podrá ser ejecutado y reclamado al seguro. De acuerdo a lo estipulado por el Tribunal Supremo, la entidad bancaria será también responsable, ya que ha permitido que la empresa promotora no garantizara un seguro de garantía o un contrato de aval sobre el dinero entregado a cuenta.
En resumen, el comprador podrá imponer una demanda tanto a la empresa promotora como a la entidad bancaria, o solo a esta última si se ha logrado una resolución del contrato por parte de un Juez y si la promotora no cuenta con solvencia para hacer frente al pago del dinero.