Cómo funcionan las entregas a cuenta

Todo sobre las entregas a cuenta

Aunque en la mayoría de los casos, cuando adquirimos una vivienda que se encuentra en la fase inicial del proyecto de construcción podemos beneficiarnos de un ahorro significativo, en comparación a cuando la obra ya está realizada. Sin embargo, para poder certificar esta compra es necesario entregar a cuenta un porcentaje del precio final mientras la propiedad se encuentra en fase de construcción. Esto es lo que se conoce como entrega a cuentas, y en ocasiones puede convertirse en una verdadera pesadilla.

Según lo estipulado por las leyes españolas, las empresas constructores o las promotoras inmobiliarias, al recibir estas cantidades de dinero por parte del comprador, deben proceder a ingresarlas en una cuenta especial y proporcionar al cliente un aval bancario o garantía de la entrega a cuenta.

Las obligaciones del avalista

En este caso, el avalista sería la figura responsable de devolver al comprado el dinero ingresado en caso de que la empresa promotora o la constructora no entreguen la vivienda dentro de los plazos pautados.

En la última crisis inmobiliaria que vivió España, esta obligación se vio incumplida por muchas promotoras y constructoras, y lo cual trajo como consecuencia que miles de compradores se vieran afectado tanto por la no entrega de la propiedad como por la pérdida del dinero abonado en la entrega a cuentas.

Luego de varias modificaciones legales y muchos casos de demandas, una sentencia del Tribunal Supremo establece que las entidades financieras o bancarias serán las responsables de indemnizar a los compradores. La Sentencia de diciembre 2015 señala lo siguiente:

“Las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta de la empresa promotora sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades monetarias que se han anticipado por parte de los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad”.

Esta situación requiere de un análisis profundo tanto de los beneficios como de las desventajas que puede representar la compra de una vivienda sobre plano, y por ello es fundamental tomar las precauciones debidas para no tener que en el futuro realizar una reclamación de entrega a cuentas.

Informarse bien antes de la entrega de dinero

Como abogados especializados en este tipo de reclamaciones aconsejamos a nuestros clientes informarse sobre la identidad de la empresa promotora y sobre cuál ha sido su trayectoria profesional. Para ello puedes acudir al Ayuntamiento de tu ciudad a informarte sobre si la construcción cuenta con los permisos y licencias que son necesarios para desarrollar el proyecto.

El comprador tiene todo el derecho de ser informado sobre todo lo relacionado con el proyecto de construcción, y será obligación de la empresa promotora o de construcción entregarle los planos de la obra e informarle sobre las fechas tanto de inicio de la obra como las previstas para su culminación.

En el caso de que se produzca un retraso en la fecha de entrega de la vivienda, o que esta simplemente no se lleve a cabo, el vendedor deberá indemnizar al comprador por los daños y perjuicios. Dicha indemnización deberá estar prevista en el contrato de compraventa firmado por ambas partes.

Le aconsejamos que si se produce el retraso en la entrega de la vivienda, contacte con nuestros abogados y le ayudaremos a presentar la comunicación al promotor o vendedor en la que manifiesto que dicho retraso ha ocasionado perjuicios y donde se exija cumplimiento e incuso la reclamación de la entrega a cuentas.

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